Resumen
En México, la interpretación de los derechos humanos de
los adultos mayores debe ser construida sistemáticamente
a partir de los principios de dignidad, derecho a la
igualdad y no discriminación por razón de género y de edad.
Lo anterior, ya que, por su edad y estado de vulnerabilidad,
requieren de una protección reforzada por parte del
Estado para resguardar sus intereses y derechos frente a
cualquier acto que los violente o transgreda. La casuística
como método de solución de controversias prevista en la
Contradicción de tesis 293/2011, impuso que, atendiendo a
realidades diferentes, deben igualmente fijarse soluciones
diferentes; permitiendo establecer los criterios que deban
atender los juzgadores a la hora de resolver conflictos relacionados
con personas mayores; ya que, que al no ser un
grupo homogéneo, como lo son, por ejemplo, los menores de
edad; los adultos mayores no gozan de una presunción de
necesidad. Así, el presente estudio, tiene por objeto describir
la evolución a partir del cual se construye el derecho
en materia de adultos mayores en el Estado constitucional,
tomando como referencia dos elementos: la jurisprudencia
y el amparo directo en revisión 1754/2015.
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